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Aprueban proyecto para que empresas sanitarias no comercialicen aguas tratadas sobrantes

Escrita por el 12 enero, 2012 – 4:49 pmNo hay Comentarios

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El objetivo del proyecto, aprobado por 57 votos a favor y 1 abstención y que ahora verá el Senado en segundo trámite constitucional, es que las empresas sanitarias que tienen la concesión del servicio de tratamiento de las aguas servidas, no puedan comercializar las aguas que depuran.

La iniciativa (boletín 7583), interpreta el artículo 61 de la Ley General de Servicios Sanitarios, fijando que solamente el agua que las empresas manejen y traten con el fin de entregar el suministro de agua potable a sus clientes, pueden permanecer en las empresas, el resto tienen que dejarlas correr por su curso natural.

El proyecto se originó en una moción de las diputadas Adriana Muñoz (PPD) y Denise Pascal (PS), y de los diputados Pedro Pablo Álvarez-Salamanca (UDI), Ramón Barros (UDI), Fuad Chahín (DC), Javier Hernández (UD), Enrique Jaramillo (PPD), Rosauro Martínez (RN) e Ignacio Urrutia (UDI).

Los legisladores presentaron el proyecto a raíz de una interpretación que la Superintendencia de Servicios Sanitarios (SISS) realizó de la ley, gracias a la que algunas empresas del rubro han comenzado a vender las aguas servidas tratadas, argumentando que tienen derecho, puesto que pueden disponer libremente de ellas.

No obstante, indican los parlamentarios que el proceso de saneamiento de las aguas no genera, en ningún caso, un derecho de aprovechamiento, el que sólo estuvo presente en la etapa de potabilización del agua.

Adicionalmente, expresan que la interpretación de la SISS asume que las empresas sanitarias hacen abandono voluntario de las aguas servidas tratadas en los cauces, pero como no estarían obligadas a restituirlas, pueden comercializarlas.

Sin embargo, el artículo 61 de la Ley General de Servicios Sanitarios no atribuye ni reconoce dominio sobre las aguas, sino que se aplica exclusivamente a la concesión de aguas servidas, y por lo tanto no se puede seguir insistiendo en que la depuración podría aplicarse al derrame, sobre todo tratándose de un servicio público de recolección.

“Para que haya derrame nuestra legislación exige ser dueño de un derecho de aprovechamiento de aguas, usar dicha agua y finalmente, abandonarla voluntariamente y quienes recolectan o depuran sólo tienen derechos de aprovechamiento”, precisa el proyecto.

Fuente: camara.cl

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